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Funciones

Las funciones del Consejo Escolar son las recogidas en la legislación vigente y, principalmente, las siguientes:

  1. Conocer cómo se han resuelto los conflictos disciplinarios y velar por su adecuación a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director o directora se refieran a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el centro, el Consejo Escolar, a petición de las familias o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
  2. Aprobar y evaluar la programación general del centro que anualmente elaborará el equipo directivo.
  3. Participar en la aplicación de la línea pedagógica general del centro, elaborar directrices para la programación y desarrollo de actividades escolares complementarias, actividades extraescolares y servicios escolares, y, en su caso, intervenir en relación con los servicios escolares, de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.
  4. Establecer criterios sobre la participación del centro en actividades culturales, deportivas y recreativas, así como en acciones de colaboración que puedan ser apoyadas por el centro.
  5. Aprobar, a propuesta del titular, el reglamento interno del centro.
  6. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos personales, familiares y sociales.